Estaciones de Servicio para Aeronaves

Todo lo mencionado a continuación se realiza cumpliendo los requerimientos técnicos que exige el Decreto 30131-MINAE-S, Capítulo X “Estación de Servicio para Aeronaves”, normativa que regula la distribución, almacenamiento, comercialización de combustibles derivados de hidrocarburos y que establece especificaciones técnicas mínimas para la construcción de estaciones de servicio y tanques de almacenamiento con el fin de que operen dentro de las máximas condiciones de seguridad y funcionalidad, preservando la integridad del ambiente.

1. Asesoría sobre obtención de Permisos de Construcción y Diseños Constructivos

1.1 Inspecciones durante la Etapa I.
Se realizan todas las inspecciones técnicas que sean necesarias durante todo este proceso de esta Etapa I del proyecto, contando con visitas de reconocimiento del área destinada aplicando el debido cumplimiento del Decreto 30131-MINAE-S.
Registro fotográfico en formato digital, el cual incluye las fotografías que hacen constar de todo el proceso de escogencia del área apta para la ubicación del Proyecto de Estación de Autoconsumo de Combustible para Aeronaves

1.2. Diseño de los Planos Constructivos.
Asesoría sobre el diseño de Planos Constructivos para el Proyecto de una Estación de Autoconsumo de Combustible para Aeronaves, tomando en cuenta todos los requerimientos técnicos, legales y ambientales solicitados por el Decreto 30131-MINAE-S. Se entregará el diseño de Planos Constructivos acerca el Proyecto.

1.3. Visado de Planos en el CFIA.
Se brinda el servicio del visado de planos constructivos en el CFIA cubriendo la aprobación de las dos Fases, contando con el debido Contrato de Servicios Profesionales para Consultoría.

1.4. Presentación y alimentación del expediente en la DGTCC.
Se alimenta el expediente en la Dirección General de Transporte y Comercialización de Combustibles (DGTCC) del MINAET sobre el proceso para obtener los debidos permisos ante esta entidad. Seguimiento sobre los requisitos legales y técnicos que se deben presentar. Se obteniene el permiso aprobación del Proyecto para Instalar Tanques de Autoconsumo para Aeronaves
Se extiende la Certificación Profesional emitida por un profesional incorporado al C.F.I.A y con experiencia en el área de hidrocarburos, en la cual se certifica que los planos elaborados reúnen todas las condiciones técnicas establecidas en el Decreto Ejecutivo 30131-MINAE-S.

1.5. Permisos a Obtener para la Instalación Tanques de Autoconsumo para Aeronaves
Entre las instituciones de consulta obligatoria se encuentran

Permiso de operación de la DGAC para operar como tal.

a) Autorización de la DGAC sobre la utilización del terreno e indicación del plazo por el cual se otorga la misma.
b) Permiso de operación de la DGAC para operar como tal.
c) La compañía eléctrica que administra la región (ICE)
d) Pronunciamiento del CNE
e) Compañía de agua potable respectiva, AyA o SENARA
f) Permiso del SINAC - MINAE en cuanto áreas de protección o reservas
g) Uso de Suelo por parte de la Municipalidad respectiva
h) Alineamiento del MOPT
i) Viabilidad Ambiental por parte del SETENA

1.6. Permiso construcción Municipalidad respectiva.
Se tramita el permiso de construcción para iniciar el Proyecto de la Estación de Autoconsumo para Aeronaves.

1.7. Asesoría total, técnica, legal y ambiental para iniciar Etapa Constructiva
Se brinda una asesoría total sobre aspectos técnicos, legales y ambientales para iniciar la Etapa Constructiva, y las recomendaciones en las áreas eléctrica, mecánica, civil, ambiental, legal, sobre materiales, precios, instalación. Asimismo, se incluyen los documentos legales, como la Declaración Jurada de cumplimiento del Decreto 30131 citado, y otros documentos técnicos que sean necesarios para obtener el permiso final de funcionamiento ante la DGTCC.



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